Nuevas reglas para tarjetas de crédito
El Senado mexicano aprobó a principios de diciembre medidas para limitar las ofertas y otorgamientos de ciertos tipos de tarjetas de crédito.
La medida fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Senadores, con estas iniciativas se trata de proteger a los usuarios de las instituciones financieras y de ciertas prácticas calificadas como “predatorias” por parte de las entidades bancarias.
¿Qué aprobó el Senado?
Los clientes deberán ser notificados con una anticipación de 30 días de cualquier aumento en las tasas de interés en las tarjetas de crédito. De esta manera los usuarios podrán evaluar si siguen o no con sus tarjetas de crédito.
La restricción de los horarios en que se realizan ofertas de las tarjetas de crédito a los usuarios.
La prohibición de las tarjetas de crédito “preaprobadas” sin que hayan sido solicitadas.
Que el límite de crédito solo sea elevado con el previo consentimiento de los clientes.
Prohibir y sancionar créditos a menores de edad.
Que las tarjetas de crédito sólo se entreguen a las personas con capacidad de pago.
Que las tasas de interés sólo sean aplicadas sobre los saldos promedios diarios insolutos (insoluto: es el monto actual de la deuda, el remanente aún sin liquidar).
El saldo promedio diario insoluto se cobra o es considerado basado en el promedio de diferentes adeudos, que podrían llegar a ser mayores que si se mantuviera uno sólo y al cobro de este.
Que cada estado de cuenta tenga el plazo necesario para que el cliente finiquite el adeudo aunque solamente cubra el pago mínimo.
Ya sea tanto para las operaciones pasivas como para las activas, los estados de cuenta deberán brindar información sobre los elementos de mayor importancia de la operación que fuera: intereses cobrados y pagados, límites de crédito, comisiones, el Costo Anual Total (CAT), saldos y las advertencias que ilustren a los usuarios de los riesgos de pagar con retraso o al efectuar los pagos mínimos.
Si las entidades ofrecieran un seguro por el uso de tarjetas de crédito, el costo de este deberá ser notificado y donde deba firmar señalar, que la contratación es opcional y que de cancelar el mismo no cancela el contrato.
El Banco de México será el encargado de determinar que montos mínimos podrán cobrar las entidades financieras para evitar que estas establezcan pagos demasiados bajos, lo que podría generar el endeudamiento excesivo por varios años.
Incorporar un mecanismo que de forma clara muestre a los usuarios hasta donde podrán endeudarse, mencionando esto, en un documento que exprese lo siguiente: “Que deberán ser muy cuidadosos con su endeudamiento y el impacto en caso de incumplimiento”.
Que los clientes no incurran en penalidades si decidieran cancelar cualquier operación dentro de los 10 días hábiles siguientes a haber firmado un contrato, esto quiere decir, que se otorga un periodo de gracia para que pueda decidir si continúa o no con el contrato.
Se otorgan mayores facultades regulatorias, de supervisión, de conciliación y en las atribuciones para sanciones a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

June 8th, 2009 at 5:30 am
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